Qué sucede con la regulación cosmética en UK después del Brexit

¿Vendes tus productos cosméticos en el Reino Unido? ¿Sabes qué sucede con la regulación cosmética en UK después del Brexit? ¿Has encontrado a tu Persona Responsable? ¡Podemos ayudarte con todo lo que puedas necesitar para conquistar el mercado británico!

Cosmeservice ofrece sus servicios desde Gran Bretaña con el objetivo de brindar apoyo a las empresas cosméticas para que tengan una Persona Responsable en este país, tal y como exige la nueva normativa posterior al Brexit.
Por supuesto, Cosmeservice seguirá teniendo su sede en la Unión Europea -concretamente en España -, por lo que, de esta forma, las empresas británicas interesadas en operar en suelo europeo podrán contar con los mismos servicios que ahora.
El Reino Unido ha realizado algunas modificaciones al documento del Reglamento europeo de cosméticos (CE) n.o 1223/2009 para crear su propio documento adaptado para el Reino Unido. Estos cambios afectan a la Persona Responsable, al PIF, al etiquetado y a la notificación del producto, que debe realizarse a partir de ahora en el portal del Reino Unido SCPN (Submit Cosmetic Products Notification). Todas estas modificaciones comenzaron en 2021. El 31 de marzo fue la fecha límite para transferir los productos cosméticos notificados al CPNP europeo al SCNP británico.

Cómo prepararse para comercializar productos cosméticos en el Reino Unido después del Brexit

A continuación, te detallamos las consecuencias que habrá para los productos cosméticos que se comercializarán en el mercado del Reino Unido después de la implementación del Brexit:

1. PERSONA RESPONSABLE EN EL REINO UNIDO

Las empresas cosméticas (de todo el mundo) que deseen comercializar sus productos cosméticos en el Reino Unido se verán obligadas a tener una persona responsable ubicada en este país de acuerdo con el Reglamento vigente a partir del 1 de enero en el Reino Unido. Es decir, deberán designar allí a un representante natural o legal.

Como forma de simplificar al máximo este trámite, Cosmeservice ha abierto una nueva oficina en Reino Unido para prestar este servicio a las empresas que estén interesadas en él. No dudes en contactar con nosotros para solicitar más información a nuestros expertos.

El servicio de Persona Responsable incluirá:

  • Una persona física o jurídica con identidad legal en el Reino Unido.
  • Garante del cumplimiento de los requisitos reglamentarios.
  • Experiencia en el proceso de registro y elaboración de los informes requeridos.
  • Tener un primer punto de contacto para las Autoridades Sanitarias competentes, en el caso de una Inspección, o consumidores, en el caso de una queja.
  • Una única tarifa anual cubrirá todos los productos que evaluamos y notificamos a la SCPN bajo nuestro nombre como Persona responsable. Esto estará limitado a cinco marcas.

2. PIF

El PIF debe estar disponible en la dirección de la persona responsable dentro del Reino Unido. Cada producto cosmético debe tener su propio PIF en inglés, y contener toda la información sobre el producto, su método de fabricación y la Persona Responsable en el Reino Unido.

Este documento debe mantenerse actualizado en todo momento y seguir cualquier cambio en la normativa. Además, estará a disposición de las autoridades sanitarias hasta diez años después de su comercialización.

En Cosmeservice, nuestros asesores de seguridad internos realizan el PIF con la más alta calidad y profesionalidad.

3. ENVIAR UNA NOTIFICACIÓN DE PRODUCTOS COSMÉTICOS (SCNP)

A partir de ahora, la Persona Responsable debe notificar la información relacionada con el producto cosmético al Reino Unido. Todo esto debe realizarse a través de la nuevo portal SCNP.

¿Qué ocurre con las notificaciones previas al BREXIT de los productos que ya están en el mercado? Se pueden transferir fácilmente al SCPN desde el CPNP.
Las empresas europeas interesadas en el mercado de Reino Unido deberán haberlo notificado antes del 31 de marzo de 2021 en el portal de Reino Unido disponible a tal efecto para evitar cualquier problema.

4. ETIQUETADO

El nombre y la dirección de la Persona Responsable deben indicarse en la etiqueta de los productos cosméticos. En el momento en que el Reino Unido se retire de la UE, los productos fabricados en suelo europeo y comercializados en el Reino Unido serán tratados como importados de un tercer país.

Te recomendamos elegir una Persona Responsable única en Europa y Reino Unido para unificar todos los servicios regulatorios en una misma empresa consultora.
Si tienes alguna pregunta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.

Cosmeservice – Persona responsable en Europa y Reino Unido

Cosmeservice abre una oficina en el Reino Unido

Cosmeservice ofrecerá sus servicios también desde Gran Bretaña con el objetivo de que las empresas cosméticas puedan contar con una Persona Responsable en este país, tal y como obliga la nueva legislación tras el Brexit.

Así mismo, la empresa española experta en seguridad y regulación Cosmética, Cosmeservice seguirá teniendo sede en la Unión Europea. De esta forma, las compañías británicas que deseen operar en suelo europeo podrán contar con los mismos servicios que venían ofreciendo hasta el momento.

Gran Bretaña ha realizado algunas alteraciones sobre el documento de Regulación Cosmética Europea (EC) No 1223/2009 para crear su propio documento de Regulación Cosmética de Reino Unido. Esos cambios afectan a la Persona Responsable, al PIF, al etiquetado y a la notificación, que deberá realizarse a partir de ahora en el portal de UK. Todas estas modificaciones empezarán con el 2021.

Cómo prepararse para comercializar productos cosméticos en y desde UK tras el Brexit

A continuación, detallamos las consecuencias para los productos cosméticos comercializados en los mercados de la UE y UK a partir de la puesta en marcha de las medidas:

Persona Responsable

Las empresas europeas (y de todo el mundo) que deseen vender sus productos cosméticos en Reino Unido se verán obligadas a tener una persona responsable en este país, de acuerdo con el Reglamento existente a partir del 1 de enero en el Reino Unido. Es decir, tendrán que designar a una persona física o jurídica allí.

Por el otro lado, las compañías cosméticas británicas que comercialicen en el ámbito europeo también deberán contar con la misma figura, pero en suelo europeo.

Como forma de hacer lo más sencillo posible este trámite, Cosmeservice ha establecido una nueva oficina en suelo británico para facilitar este servicio a las empresas que lo deseen. No dude en ponerse en contacto con nosotros para solicitar más información a nuestros expertos.

Notificación de Productos en el Portal Único Europeo (CPNP)

A partir de ahora, la Persona Responsable estará obligada a notificar información relacionada con el producto cosmético a la Comisión Europea. Todo esto deberá llevarse a cabo a través del Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP).

¿Qué ocurre con las notificaciones previas al BREXIT por una Persona Responsable en Reino Unido? La persona responsable en Gran Bretaña podrá transferir las notificaciones a otra que se encuentre Europa. No obstante, la anterior ya no tendrá acceso al CPNP.

Así mismo, las empresas europeas que deseen comercializar en UE deberán realizar la notificación desde 2021 en el portal disponible para ello de UK, llamado UK Submit Cosmetic Product Notification (SCPN).

Expediente de Información de Producto (PIF)

A partir del comienzo del BREXIT, el PIF deberá estar disponible en la dirección de la Persona Responsable dentro de la Unión Europea. Lo mismo ocurriría al contrario con empresas de Europa en Reino Unido.

Etiquetado

El nombre y la dirección de la Persona Responsable deberán indicarse en la etiqueta de los productos cosméticos. En el momento en el que Gran Bretaña se retire de EU, los fabricados en suelo británico y comercializados en Europa serán tratados como importados a la UE-27 desde un 3er país.

Desde COSMESERVICE, le recomendamos que nos elija como su Persona Responsable en Europa y en Reino Unido. Si tiene alguna pregunta, por favor, no dude en contactarnos. Estaremos más que encantados de ayudarle.

Cosmeservice – Persona Responsable en Europa

Regulación Cosmética POST – BREXIT, todo lo que necesitas saber

Como sabes, el Reino Unido presentó el 31 de octubre de 2017 la notificación de su intención de retirarse de la Unión Europea (BREXIT).

Esto significa que a partir del 1 de noviembre 2019, 00: 00H (CET) Reino Unido abandonará la UE y pasará a ser un tercer país.

Prepararse para el Brexit no es solo una cuestión de la UE y las autoridades nacionales, sino también de las empresas privadas. Son muchas las incertidumbres que rodean la ratificación del Acuerdo de retirada, por ello queremos que las normas de la UE en el campo de los productos cosméticos ya no se aplicarán al Reino Unido.

Esto tiene, en particular, las siguientes consecuencias para los productos cosméticos comercializados en el mercado de la UE a partir de la fecha de retiro:

1. PERSONA RESPONSABLE

De acuerdo con el Reglamento (CE) no 1223/2009, solo se pueden comercializar en Europa aquellos productos cosméticos para los cuales se designe a una persona física o jurídica dentro de la UE como «persona responsable».

Por tanto, a partir de la fecha de retiro, las personas responsables ya no pueden establecerse en el Reino Unido.

Si está trabajando con una Persona Responsable del Reino Unido, no espere hasta el último momento para prepararse, contáctenos.

2. NOTIFICACIÓN DE LOS PRODUCTOS EN EL PORTAL ÚNICO EUROPEO (CPNP)

De acuerdo con el Reglamento (CE) no 1223/2009, antes de comercializar el producto cosmético, la Persona Responsable deberá notificar a la Comisión una lista de información relacionada con el producto cosmético a través del Portal de Notificación de Productos Cosméticos (CPNP).
A partir de la fecha de retiro, antes de colocar un producto cosmético en el mercado de la UE-27, la nueva Persona Responsable en la UE-27 deberá realizar las notificaciones de productos en el CPNP.
En lo que respecta a las notificaciones existentes realizadas anteriormente por una Persona Responsable establecida en el Reino Unido, el CPNP ofrece la posibilidad de transferir notificaciones a otra Persona Responsable. Más tarde, la antigua Persona Responsable con sede en el Reino Unido ya no tendrá acceso al CPNP.

3. EXPEDIENTE DE INFORMACIÓN DE PRODUCTO (PIF)

De acuerdo con el Reglamento (CE) no 1223/2009, cuando un producto cosmético se comercializa, la Persona Responsable debe estar en posesión de su Expediente de Información del Producto (PIF).

A partir de la fecha de retiro, el PIF debe estar disponible en la dirección de la Persona Responsable en la UE-27.

4. ETIQUETADO

De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1223/2009, el nombre y la dirección de la Persona Responsable se indicarán en la etiqueta de los productos cosméticos. Del mismo modo, el país de origen se especificará para los productos cosméticos importados.
A partir de la fecha de retiro, los productos cosméticos fabricados en el Reino Unido y comercializados en el mercado de la UE serán productos cosméticos importados a la UE-27 desde un tercer país.

Esta información irá siendo actualizada cuando sea necesario si la ratificación del Acuerdo de Retirada finalmente se lleva a cabo con éxito. Por el momento, no es el caso.
Ahora, el foco está en el Reino Unido debido al último anuncio del Primer Ministro que descarta una ruptura repentina a fianales del próximo mes.

Desde COSMESERVICE nos mantenemos muy atentos a cualquier actualización de la regulación. Por ello, le recomendamos que nos elija como su Persona Responsable en Europa. Si tiene alguna duda o inquietud, por favor contáctenos. Estaremos más que encantados de ayudarle.

Cosmeservice – Persona Responsable en Europa