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¡Recuerda! Reglamento sobre Lyral

27 agosto, 2019
lyral

¿Tus productos contienen Lyral? A continuación, encontrará nuestro asesoramiento informativo en relación con una modificación del Reglamento Europeo de Cosméticos 1223/2009, el Reglamento de la Comisión (UE) 2017/1410.

Las sustancias de fragancia y sabor son compuestos orgánicos con olores característicos, generalmente agradables. Se usan de manera ubicua en perfumes y otros productos cosméticos perfumados, pero también en detergentes, suavizantes de telas y otros productos para el hogar donde la fragancia se puede usar para enmascarar los olores desagradables de las materias primas.

Los aromatizantes se usan en alimentos, bebidas y productos dentales. Las sustancias de fragancia también se usan en aromaterapia y pueden estar presentes en productos a base de hierbas, y se usan como medicamentos tópicos para Sus propiedades antisépticas.

El Reglamento de la Comisión (UE) 2017/1410.

Como ya sabrá, las sustancias llamadas LYRAL, ATRANOL y CLOROATRANOL no deben usarse en productos cosméticos, ya que son los alérgenos de fragancias que causaron el mayor número de casos de alergias de contacto en los últimos años.

El 2 de agosto de 2017, se publicó una enmienda al Reglamento (CE) n.o 1223/2009 colocando los ingredientes LYRAL, ATRANOL y CHLOROATRANOL en el Anexo II del Reglamento. Estos ingredientes se encuentran principalmente como ingredientes de fragancias.

Estos ingredientes se encuentran principalmente como ingredientes de fragancias.

Los productos cosméticos no deben contener estas sustancias, ya que se encuentran en el Anexo II «Lista de sustancias prohibidas en productos cosméticos».

Los anexos II y III del Reglamento (CE) no 1223/2009 se modifican como sigue:

En el Anexo II, en la tabla, se agregan las siguientes tres entradas y en el Anexo III, en la tabla, se elimina la entrada 79.

lyral regulation

Es apropiado proporcionar períodos de tiempo razonables para que la industria se adapte a las nuevas prohibiciones y, por esta razón, ya no comercialice o ponga a disposición del mercado los productos en cuestión que contengan una o más de las sustancias prohibidas.

En particular, el procedimiento excepcionalmente complejo y prolongado para la reformulación de fragancias y las preocupaciones de los consumidores sobre el cambio de las propiedades olfativas de las fragancias deben reflejarse en una duración más larga de lo habitual del plazo dado a la industria para los ajustes de los productos.

Cronología para el cumplimiento:

A partir del 23 de agosto de 2019, solo los productos cosméticos que cumplan con el Reglamento se comercializarán en la Unión.

A partir del 23 de agosto de 2021, solo los productos cosméticos que cumplan con el Reglamento estarán disponibles en el mercado de la Unión.

Siguiente paso

Se recomienda a la industria que verifique y confirme si sus productos cosméticos existentes, que ya están en el mercado, contienen estos alérgenos en su formulación. Estos productos deben eliminarse en el plazo adecuado. También se recomienda a los fabricantes que tengan cuidado al seleccionar las fragancias para sus nuevos productos cosméticos.

Las opiniones de los comités científicos presentan los puntos de vista de los científicos independientes que son miembros de los comités. No reflejan necesariamente los puntos de vista de la Comisión Europea. Las opiniones son publicadas por la Comisión Europea en su idioma original solamente. – Haz clic aquí.

Cosmeservice, que tiene años de experiencia con las regulaciones de la UE, te ayudará a lanzar tus productos con éxito en el mercado europeo. Para obtener más información sobre el proceso de cumplimiento de productos cosméticos, o para obtener más información sobre Cosmeservice, contáctenos hoy.

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