Advertencia para productos que contienen liberadores de Formaldehido modificada

Reglamento (UE) 2022/1181 de la Comisión: advertencia para productos que contienen liberadores de Formaldehido modificada.

El 8 de julio de 2022, la Comisión Europea publicó el Reglamento de la Comisión (UE) 2022/1181. Esta publicación modifica el preámbulo del Anexo V del Reglamento (CE) nº 1223/2009. La modificación reduce el umbral actual para el etiquetado de formaldehído de 500 ppm a 10 ppm.

LIBERADORES DE FORMALDEHÍDO

El formaldehído está prohibido por el Reglamento de Cosméticos (CE) No 1223/2009, está incluido en el Anexo II (Lista de Sustancias Prohibidas en Productos Cosméticos), y está clasificado como carcinógeno (categoría 1B) y sensibilizante de la piel (Categoría 1), según el Reglamento CLP (Reglamento (CE) nº 1272/2008).

Algunos conservantes permitidos en los productos cosméticos cumplen su función liberando Formaldehído, preservando el producto cosmético final. Se sabe que sustancias como DMDM hydantoin, Imidazolidinyl Urea, y Diazolidinyl Urea, comúnmente utilizadas en productos cosméticos, liberan formaldehído para cumplir la función conservante en el producto terminado.

El uso de formaldehído está prohibido en los productos cosméticos (entrada 1577 del Anexo II del Reglamento de Cosméticos) y no se puede agregar intencionalmente, pero los conservantes que liberan formaldehído están permitidos, se enumeran en el Anexo V del Reglamento de Cosméticos y deben usarse dentro de las restricciones establecidas.

Según la normativa anterior a la publicada, estos productos deben etiquetarse con la advertencia “contiene formaldehído” cuando la cantidad de formaldehído liberado sea superior al 0,05% en el producto final, para comunicar la presencia de la sustancia y evitar reacciones alérgicas a los clientes sensibilizados.

Recientemente, el SCCS concluyó que el umbral actual de 0,05 % (500 ppm) no protege suficientemente a los consumidores sensibilizados al formaldehído de la exposición al formaldehído libre en los productos cosméticos, y el SCCS concluyó que este umbral debe reducirse al 0,001 % para proteger a los consumidores. Este umbral debe aplicarse al producto final. Esta opinión del SCCS fue adoptada por la Comisión Europea con el Reglamento publicado, modificando el preámbulo del Anexo V (Lista de conservantes permitidos en los productos cosméticos).

REGLAMENTO (UE) 2022/1181

El 8 de julio, la Comisión Europea publicó el Reglamento (UE) 2022/1181 por el que se modifica el preámbulo del Anexo V del Reglamento (CE) n.º 1223/2009. Esta modificación del Reglamento de Cosméticos establece lo siguiente:

“Todos los productos acabados que contengan sustancias que figuren en el presente anexo y que liberen formaldehído deberán consignar en la etiqueta la mención “libera formaldehído” siempre que la concentración total de formaldehído liberado en el producto acabado exceda del 0,001 % (10 ppm), independientemente de si esos productos contienen una o más sustancias que liberan formaldehído.”

Por lo tanto, el umbral de formaldehído que delimita el etiquetado de la advertencia en los productos cosméticos se ha reducido según lo propuesto por el SCCS.

FECHAS IMPORTANTES

La Comisión de la UE propuso un periodo de transición de 24 meses para la puesta en el mercado de los productos y una prórroga de 24 meses para vender el stock existente.

“No obstante, todos los productos acabados que contengan sustancias contempladas en el párrafo primero que cumplan lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1223/2009 aplicable el 30 de julio de 2022 podrán introducirse en el mercado de la Unión hasta el 31 de julio de 2024 y comercializarse en el mercado de la Unión hasta el 31 de julio de 2026.”

Cualquier producto afectado debe ser revisado y las marcas deben asegurarse de que los productos cumplan con esta enmienda. Los productos que cumplan con la antigua regulación pueden comercializarse hasta julio de 2024, y estos productos pueden permanecer en los estantes desde julio de 2026.

En este momento, actualmente no hay un cambio equivalente planeado para el Reglamento de Cosméticos del Reino Unido, sin embargo, este reglamento se implementará en Irlanda del Norte, como parte de la UE.

El equipo de Cosmeservice está a su disposición, si desea obtener más información sobre este tema no dude en contactarnos en info@cosmeservice.com.

Para otras actualizaciones y noticias, visite www.cosmeservice.com.

 

Responsible Person UK/EU

COSMESERVICE TEAM

 

REFERENCES:

Cambios en los límites de uso de Benzophenone-3 y Octocrylene

REGLAMENTO (UE) 2022/1176: Cambios en los límites de uso de Benzophenone-3 y Octocrylene.

El 7 de julio de 2022 la Comisión Europea publicó una enmienda al Reglamento de Cosméticos de la UE, modificando el Anexo VI, la lista de filtros UV permitidos en productos cosméticos. La modificación aplica a las siguientes sustancias, Benzophenone-3 y Octocrylene.

Benzophenone-3 y Octocrylene fueron analizados por el Comité Científico sobre la Seguridad del Consumidor (SCCS) y se sospecha que tienen propiedades de alteración endocrina. Por lo tanto, el SCCS los evaluó y emitió sus opiniones en marzo de 2021: SCCS 1625/20 y SCCS 1627/21.

La modificación del Reglamento tiene como objetivo implementar los hallazgos del SCCS en el marco regulatorio de cosméticos de la UE.

Benzophenone-3

Benzophenone-3 (CAS 131-57-7) es un compuesto orgánico que se utiliza como filtro UV en productos cosméticos hasta una concentración máxima del 6 % y hasta un 0,5 % para proteger la formulación cosmética.

De acuerdo con la enmienda, Benzophenone-3 quedará como sigue, la entrada del Anexo VI se modificará para que coincida con las nuevas concentraciones establecidas por el SCCS:

  • Hasta un 6 % en productos faciales, productos para manos y productos labiales, excepto los productos en forma de aerosoles de propulsión y de bombeo.
  • Hasta un 2,2 % en productos corporales, incluidos los productos en forma de aerosoles de propulsión y de bombeo.
  • Hasta 0,5% en otros productos.

Si se usa al 0,5 % para proteger la formulación del producto, los niveles usados como filtro UV no deben exceder el 5,5 % para productos faciales, manos y labios, y los niveles usados como filtro UV no deben exceder el 1,7 % cuando se usan para productos para el cuerpo.

Como ya se establece en el Reglamento, cuando la sustancia está presente en una concentración superior al 0,5%, la advertencia «contiene Benzophenone-3» debe colocarse en la etiqueta del producto cosmético.

Octocrylene

Octocrylene (CAS 6197-30-4) es una sustancia orgánica utilizada como filtro UV en productos cosméticos. Además, se utiliza como estabilizador de la luz.

Actualmente, se permite el uso de Octocrylene como filtro UV hasta una concentración máxima del 10 % en productos cosméticos terminados. Ahora, la enmienda modifica la concentración en función de la presentación del producto:

  • Hasta un 9% en productos en forma de aerosoles de propulsión.
  • Hasta un 10% en otros productos.

Fechas de aplicación

La Comisión Europea concede a las empresas un plazo de un año para adaptarse a los nuevos requisitos, ya que las marcas deberán reformular sus productos.

Por tanto, el Reglamento por el que se modifica el Anexo VI entrará en vigor el 28 de julio de 2022, transcurridos 20 días desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

A partir de ese momento, los productos cosméticos que contengan Benzophenone-3 and Octocrylene en concentraciones que cumplan con las antiguas restricciones, aún podrán comercializarse en la UE, hasta el 23 de enero de 2023, y los productos tendrán seis meses más, hasta el 28 de julio de 2023, para estar disponibles en el mercado de la UE.

A partir del 28 de julio de 2023, los productos no conformes deberán ser retirados del mercado.

Por favor, contáctenos si necesita más información, podemos ayudarle. Escríbanos un email a info@cosmeservice.com. El equipo Cosmeservice estará encantado de atenderle!

También puede consultar más información en nuestra web, para estar al tanto de los últimos cambios, por favor visite www.comseservice.com

EL EQUIPO COSMESERVICE

 

Referencias:

Cosmeservice visita Cosmoprof North America 2022

Estamos muy emocionados de anunciar que Cosmeservice visita Cosmoprof North America 2022, la 19ª edición de Cosmoprof North America en Las Vegas.

¡Haz un hueco en tu agenda! Del 12 al 14 de julio de 2022, Cosmeservice visitará Las Vegas, EE. UU., para profundizar las relaciones con nuestros clientes y hablar sobre los próximos proyectos.

¡Ven a visitarnos! Cosmeservice estará ubicado en el Stand 54045 o, si lo prefiere, nuestra gerente de ventas internacionales María Gil estará encantada de visitar su stand y concertar una reunión presencial.

¿Qué es Cosmoprof North America?

Cosmoprof North America es la principal feria comercial de belleza de empresa a empresa (B2B) en Estados Unidos, que destaca lo mejor en cuidado de la piel, cuidado del cabello, cuidado de las uñas, artículos de tocador, fragancias, productos de belleza orgánicos, herramientas y accesorios.

El evento ofrece a toda la industria una gran oportunidad para unirse, establecer nuevas relaciones y fomentar colaboraciones.

Cosmoprof North America sirve como la principal plataforma de lanzamiento para nuevas marcas de belleza, mediante la introducción de tecnologías revolucionarias, innovaciones de productos y nuevos canales de fabricación, empaque y distribución.

Más información: Cosmoprof Las Vegas | B2B Beauty Trade Show | July 12-14 2022.

Ventajas de reunirse con Cosmesrvice en Cosmoprof North America.

Como ya sabrá, Cosmeservice es un experto líder en las regulaciones cosméticas europeas, británicas y norteamericanas. Ofrecemos una amplia gama de servicios, como cumplimiento normativo, persona responsable, pruebas de productos, certificaciones cosméticas, servicios de cumplimiento de etiquetas y muchos más.

Puede encontrar mas información sobre nuestros servicios aquí: Cosmeservice Regulación Cosmética

Como equipo profesional cualificado en seguridad de productos cosméticos y asuntos regulatorios, Cosmeservice puede ser su socio de confianza en la realización de los trámites CPNP para UE, SCPN para el Reino Unido y FDA para EE.UU., siempre en cumplimiento de la normativa vigente.

En Cosmeservice estamos listos para darle la bienvenida y actuar como su experto en regulación de cosméticos.

No dudes en contactar con nosotros, ¡te estamos esperando! Mándanos un email a info@cosmeservice.com.

COSMESERVICE TEAM

¡NUEVO WEBINAR! CONQUISTA EL MERCADO COSMÉTICO EN 3 PASOS

¿Ha registrado alguna vez sus productos cosméticos de acuerdo con la normativa de la UE y Reino Unido?

¡Fácil! Nuestro equipo puede ayudarle con lo que necesite para introducir sus productos en Europa y el Reino Unido.

Cosmeservice realizará un nuevo seminario web el 24 de mayo de 2022, para ayudar a las empresas a comercializar sus productos cosméticos en estos mercados fácilmente.

Será una gran oportunidad para conocer el proceso completo del registro de productos cosméticos de acuerdo con los requisitos del Reino Unido y el Reglamento Europeo de Cosméticos (CE) nº 1223/2009.

Habrá dos sesiones disponibles:

8:30 CET

https://attendee.gotowebinar.com/register/4695313096946048781

17:30 CET

https://attendee.gotowebinar.com/register/1012626443102396684

A continuación, puede encontrar un breve resumen con los principales pasos que se necesitan para completar el registro de sus productos:

  1. Asignar a una PERSONA RESPONSABLE de sus productos ubicada en la UE y en Reino Unido

Cosmeservice ofrece este servicio gracias a que contamos con oficinas en ambos territorios. No dude en ponerse en contacto con nosotros para solicitar más información a nuestros evaluadores.

  1. Expediente de Información del Producto (EIP) y Evaluación de Seguridad del Producto Cosmético

El EIP (o PIF por sus siglas en inglés) debe estar disponible en la dirección de la Persona Responsable dentro de Europa y del Reino Unido. Cada producto debe tener su propio expediente, donde se incluye información del producto cosmético, su método de fabricación y la Persona Responsable de ese producto en Reino Unido o la Unión Europea. Este documento debe estar actualizado siempre.

En Cosmeservice, nuestros Evaluadores de Seguridad son expertos en realizar estos documentos (PIF y CPSR).

  1. Notificación del producto en el portal de la UE (CPNP) o en el del Reino Unido (SCPN)

Una de nuestras responsabilidades como Persona Responsable es la de notificar los productos en el CPNP de la UE (Portal de Notificación de Productos Cosméticos de Europa) y en el SCPN del Reino Unido (Notificación de Productos Cosméticos de Reino Unido) permitiendo a las empresas vender los productos en los diferentes mercados.

Le recomendamos que elija una consultora que sea Persona Responsable en ambos territorios, para unificar los servicios recibidos. Desde Cosmeservice, empresa multiservicios para la industria cosmética, ayudamos a cumplir todos los requisitos que marca la reglamentación, así como a llevar a cabo los test obligatorios, necesario para estos registros. Así las empresas pueden centrarse en su actividad principal.

Si tiene alguna pregunta o necesita información adicional sobre Cosmeservice y el proceso de registro, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Estaremos encantados de ayudarle.

¡ESPERAMOS VERLE EN EL SEMINARIO!

COSMESERVICE – PERSONA RESPONSABLE EN EUROPA Y REINO UNIDO.

Impuesto sobre los envases de plástico, ¿Qué es y cómo afectará a mi empresa?

El Impuesto sobre los Envases de Plástico (PPT) es un impuesto regulado por el HM Revenue & Customs del Reino Unido (2021 nº 1417) que entra en vigor el 1 de abril de 2022.

Se aplicará si:

  • La empresa fabrica componentes de envases de plástico en el Reino Unido.
  • La empresa importa componentes de envases de plástico al Reino Unido.

Siempre que el material que se fabrique o se importe sea igual o superior a 10 toneladas métricas en un periodo de 12 meses y si la proporción de plástico reciclado en el componente, medida en peso, es inferior al 30% de la cantidad total de plástico en el componente.

¿Cuáles son las excepciones?

  • Los envases de plástico producidos antes del 1 de abril de 2022.
  • Envases que vayan a ser exportados desde el Reino Unido antes de 1 año.
  • Envases de plástico utilizados para la manipulación y el transporte de mercancías, así como para evitar cualquier daño en el transporte de la mercancía, además de los contenedores de carretera, ferrocarril, barco y aire.
  • Envases de plástico utilizados en los almacenes para viajes internacionales (mercancías destinadas a ser utilizadas en un barco, avión o vehículo ferroviario e incluye el combustible y las piezas de repuesto y otros artículos de equipo, sean o no de montaje inmediato).
  • Componente de los envases de plástico fabricado con múltiples materiales de los cuales el plástico no es el más pesado.
  • Si el 30% o más del plástico utilizado en el componente es reciclado.
  • Es para el envasado inmediato de un medicamento.
  • Los envases de plástico registrados permanentemente como reservados para un uso no relacionado con el envasado.

Estos tres últimos envases de plástico cuentan para el umbral de las 10 toneladas, aunque finalmente no deban pagarlo.

¿Tengo que conservar los registros?

Sí, todas las empresas que fabriquen o importen envases de plástico tendrán que llevar registros (incluso las empresas que no alcancen las 10 toneladas anuales). Incluso las empresas que estén exentas de pagar el TPP tendrán que registrarse y conservar la información que respalde la solicitud de exención.

Para las empresas sujetas al PPT los registros deben incluir:

  • Un desglose del peso de los componentes de los envases de plástico terminados o importados en cada período.
  • Los ajustes o correcciones realizados en el período contable anterior

Y para las empresas exentas del PPT, lo siguiente:

  • Prueba de cualquier exención del impuesto o si están por debajo del umbral.
  • Proporción de plástico reciclado, si el 30% del plástico utilizado en el componente es reciclado.
  • El peso de los envases de plástico exportados fuera del Reino Unido en el período en el que se aplazó el impuesto, un documento que identifique los componentes que se van a exportar (como un contrato de venta o un pedido) y la fecha de exportación.
  • Un desglose del peso de los envases de plástico por los que se solicita un crédito si los envases se han exportado o transformado en nuevos componentes de envases, una prueba de la exportación, el importe y la fecha del impuesto pagado, la forma en que se pagó el impuesto y, si se transformó, una prueba de que se llevó a cabo la transformación.

Estos registros deben conservarse al menos 6 años desde el final del periodo contable.

¿Cuánto y cuándo tengo que pagar el impuesto?

200 libras esterlinas por tonelada métrica (de una sola especificación). Se exigirán declaraciones trimestrales.

Debe registrarse en el TPP si ha fabricado o importado 10 o más toneladas de envases de plástico acabados en los últimos 12 meses o si tiene previsto hacerlo en los próximos 30 días, empezando a contar las toneladas a partir del 1 de abril de 2022.

Una vez que haya superado el umbral de 10 toneladas, tendrá que inscribirse en el TPP en los próximos 30 días en un período contable (mensual) y deberá pagar el impuesto sobre todos los componentes imponibles a partir del día en que esté obligado a inscribirse.

Sólo debe pagar el impuesto una empresa de toda la cadena de suministro del componente de plástico, lo que significa que sólo está obligado a pagar el TPP en el momento en que el componente de plástico se considera acabado o importado.

Si tiene que inscribirse en el TPP, debe proporcionar la siguiente información:

  • Tipo de empresa.
  • Dirección de la empresa y datos de contacto.
  • Fecha en la que su empresa pasa a estar sujeta al TPP.
  • Estimación de la cantidad de envases de plástico acabados que espera fabricar o importar en los próximos 12 meses.
  • Número de referencia del cliente (referencia fiscal única del impuesto de sociedades, referencia fiscal única de autoliquidación, número de referencia de la empresa, número de registro de la organización benéfica, número de la seguridad social o número temporal de la seguridad social)

Si importa envases utilizando los incoterms, debe asegurarse de que usted y otras empresas saben quién es el responsable de contabilizar el TPP. El impuesto se devenga en el momento de la importación de las mercancías, pero se contabiliza trimestralmente a plazos en lugar de en el momento de la importación.

Si su empresa es miembro de un grupo, puede registrarse como tal para cumplimentar las declaraciones y realizar los pagos en nombre de todos los miembros del grupo.

Aquí puedes registrarte para recibir alertas por correo electrónico de cualquier modificación en el TPP.

Desde Cosmeservice, te animamos a:

  • Verificar los componentes de los que están hechos tus productos (confirmando todos los tipos de plástico).
  • Comprobar si puedes ser sujeto pasivo del TPP.
  • Haga un recuento o estimación de las toneladas que ha fabricado/importado en años anteriores.
  • Considere alternativas más sostenibles para sus productos cuando sea posible.
  • Empieza a llevar los registros adecuados.

¡Creemos juntos un mundo más sostenible!

Links de ayuda

https://www.legislation.gov.uk/ukpga/2021/26/part/2/enacted

https://www.gov.uk/government/publications/examples-of-packaging-in-and-out-of-scope-of-plastic-packaging-tax/packaging-in-and-out-of-scope-of-plastic-packaging-tax

https://www.gov.uk/guidance/record-keeping-and-accounts-for-plastic-packaging-tax#export-evidence

https://www.gov.uk/guidance/examples-of-tests-and-calculations-for-plastic-packaging-tax

https://www.gov.uk/guidance/work-out-which-packaging-is-subject-to-plastic-packaging-tax

https://www.gov.uk/guidance/decide-if-you-need-to-register-for-plastic-packaging-tax

No dude en hacernos llegar cualquier duda que tenga sobre este nuevo impuesto. En Cosmeservice estaremos encantados de orientar a su empresa en los primeros pasos.

cosmeservice your partner in product safety and regulatory affairs

La Comisión de la UE publica una enmienda: Reglamento (UE) 2021/1902.

Crece la lista de sustancias prohibidas para los cosméticos.

Los 23 ingredientes recientemente agregados clasificados como cancerígenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción (CMR) según el artículo 15 del Reglamento sobre cosméticos 1223/2009 se añaden al anexo II, a partir del 1 de marzo de 2022.

Se consultó al Comité Científico de Seguridad del Consumidor (SCCS) de la Comisión, así como a otras partes, sobre la decisión de prohibir los ingredientes y, el 3 de noviembre de 2021, la Comisión Europea publicó el Ómnibus IV, también conocido como Reglamento (UE ) 2021/1902.

Esta nueva enmienda, el Reglamento (UE) 2021/1902, tiene como objetivo incluir en el Anexo II del Reglamento de Cosméticos de la UE aquellas sustancias que han sido clasificadas como CMR en la última modificación del Reglamento CLP, de 19 de mayo de 2020.

¡La prohibición se aplicará el 1 de marzo de 2022!

Si bien la prohibición del uso de sustancias CMR se aplica automáticamente a los productos cosméticos (artículo 15 del Reglamento UE 1223/2009), su inclusión en el Anexo II del reglamento cosmético garantiza la seguridad jurídica, y ahora, toda la información relevante está disponible en un solo documento. .

Lea los párrafos a continuación para saber más y prepárese para la fecha límite: ¡1 de marzo de 2022!

Butilfenilmetilpropional (Lilial) – CAS No. 80-54-6

Lilial es un alérgeno comúnmente utilizado en perfumes en formulaciones cosméticas. Anteriormente, estaba incluida en el Anexo III del Reglamento de Cosméticos de la UE, también en el Reglamento del Reino Unido: antes de esta enmienda, la sustancia debe ser mencionada en la lista de ingredientes cuando su concentración exceda el 0,001% en productos que no se aclaran y el 0,1% en productos que se aclaran.

En 2020, el butilfenilmetilpropional se clasificó como CMR 1B porque, según estudios en animales, podría ser tóxico para la reproducción. Por lo tanto, de acuerdo con la modificación del Reglamento (UE) 2021/1902, la sustancia se traslada al Anexo II (lista de sustancias prohibidas) del Reglamento de cosméticos de la UE.

A partir del 1 de marzo de 2022, los cosméticos que contengan butilfenilmetilpropional (Lilial) no deben estar presentes en los productos cosméticos.

Piritiona de zinc – CAS No. 13463-41-7

Hasta ahora, la piritiona de zinc estaba incluida en los anexos III y V del Reglamento sobre cosméticos de la UE, lo que permite el uso de la sustancia en productos para el cabello que no se aclaran a una concentración máxima del 0,1% cuando no se utiliza como conservante; y como conservante hasta una concentración máxima del 1,0% en productos para el cabello que se aclaran y del 0,5% en otros cosméticos que se aclaran. No estaba permitido en productos de higiene bucal.

La piritiona de zinc ha sido clasificada como CMR 1B (tóxica para la reproducción) y, el 11 de abril de 2019, una solicitud para seguir utilizándola como anticaspa en productos para el cabello que se aclaran hasta una concentración máxima del 1% a modo de excepción. fué enviado.

El Comité Científico de Seguridad del Consumidor (SCCS) ha declarado seguro el uso del ingrediente para ese uso específico y, en su opinión de marzo de 2020, el SCCS concluyó que la piritiona de zinc es segura cuando se usa como anticaspa en el aclarado. productos para el cabello hasta una concentración máxima del 1%.

Sin embargo, la piritiona de zinc no cumple todas las condiciones enumeradas en el artículo 15.2 del Reglamento sobre cosméticos de la UE, ya que no se ha demostrado la falta de sustancias alternativas disponibles. Por tanto, su uso en cosmética no puede concederse de forma excepcional.

En conclusión, se ha añadido piritiona de zinc al anexo II del Reglamento sobre cosméticos de la UE y se han eliminado las entradas relacionadas en los anexos III y V. A partir del 1 de marzo de 2022, los cosméticos que contengan piritiona de zinc no estarán permitidos en el mercado de la UE después de la publicación del Reglamento (UE) 2021/1902.

Nuevas entradas en el anexo II
Además de Lilial y Zinc Pyrithione, Omnibus IV (Reglamento (UE) 2021/1902) establece que se añaden las siguientes sustancias al Anexo II del Reglamento de cosméticos de la UE:

– Fibras de carburo de silicio (con diámetro <3 μm, longitud> 5 μm y relación de aspecto ≥ 3: 1);
– Tris (2-metoxietoxi) vinilsilano; 6- (2-metoxietoxi) – 6-vinil-2,5,7,10-tetraoxa-6-silaundecano;
– Dilaurato de dioctilestaño y estannano, derivados de dioctil-, bis (coco aciloxi);
– Dibenzo [def, p] criseno; dibenzo [a, l] pireno;
– ipconazol;
– Bis (2- (2-metoxietoxi) etil) éter; tetraglima;
– Paclobutrazol;
– 2,2-bis (bromometil) propano-1,3-diol;
– Ftalato de diisooctilo;
– acrilato de 2-metoxietilo;
– N- (hidroximetil) glicinato de sodio; [formaldehído liberado de N- (hidroximetil) glicinato de sodio];
– Flurocloridona;
– 3- (difluorometil) -1-metil-N- (3 ‘, 4′, 5′-trifluorobifenil-2-il) pirazol-4-carboxamida; fluxapyroxad;
– N- (hidroximetil) acrilamida; metilolacrilamida;
– 5-fluoro-1,3-dimetil-N- [2- (4-metilpentan-2-il) fenil] -1H-pirazol-4-carboxamida; 2’- [(RS) -1,3-dimetilbutil] -5-fluoro-1,3-dimetilpirazol-4-carboxanilida; penflufen;
– Iprovalicarb;
– diclorodioctilestannano;
– mesotriona;
– Himexazol;
– imiprotrina;
– Peróxido de bis (α, α-dimetilbencilo).

Actúe lo antes posible y reformule sus cosméticos que contengan alguna de las sustancias mencionadas. No dudes en ponerte en contacto con nosotros si tienes alguna duda con el Reglamento (UE) 2021/1902, ¡estaremos encantados de ayudarte!

EQUIPO DE COSMESERVICE.

Referencias

– Comisión Europea. (2021). Reglamento (UE) 2021/1902 de la Comisión, de 29 de octubre de 2021, que modifica los anexos II, III y V del Reglamento (CE) n.o 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso en productos cosméticos de determinadas sustancias clasificadas como cancerígenas. mutagénico o tóxico para la reproducción.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32021R1902&from=EN

– Comisión Europea. (2021). Reglamento Delegado (UE) 2020/1182 de la Comisión, de 19 de mayo de 2020, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32020R1182&from=EN

– Comité Científico de Seguridad del Consumidor. (2020). Opinión sobre piritiona de zinc (ZPT) – Presentación III.

https://ec.europa.eu/health/sites/default/files/scientific_committees/consumer_safety/docs/sccs_o_236.pdf

Ponga sus productos cosméticos en el mercado de la UE y el Reino Unido

¿Estás interesado en exportar tus productos cosméticos a Europa y Reino Unido?
¿Ya has registrado tus productos cosméticos de acuerdo con las regulaciones de la UE y el Reino Unido?
¡Hazlo facil! ¡Podemos ayudarte con todo lo que pueda necesitar al colocar tus productos cosméticos en la UE y el Reino Unido!

Cosmeservice se complace en anunciar este útil seminario web para facilitar el proceso de exportación a la UE y el Reino Unido. Sería una gran oportunidad para conocer el proceso completo para el registro de productos cosméticos en cumplimiento de los nuevos requisitos de Reino Unido y el documento del Reglamento Europeo de Cosméticos (CE) nº 1223/2009.

2 sesiones disponibles:
08:30 CET
https://lnkd.in/dTXp2i85
17:30 CET
https://lnkd.in/d4_2hCDM

A continuación, encontrarás los pasos principales de los que hablaremos para completar el registro de sus productos cosméticos:

1. Designa una PERSONA RESPONSABLE ubicada en Europa y / o el Reino Unido:

Cosmeservice ofrece estos servicios porque estamos ubicados en estos dos territorios. A principios de este año, Cosmeservice estableció una nueva oficina en el Reino Unido para brindar este servicio a las empresas que estén interesadas en él. No dudes en contactar con nosotros para solicitar más información a nuestros expertos.

El servicio de Persona Responsable incluirá:

Una persona física o jurídica con identidad legal en la UE y el Reino Unido.
Garante del cumplimiento de los requisitos reglamentarios.
Experto en el proceso de registro y elaboración de los informes requeridos.
Primer punto de contacto para las Autoridades Sanitarias competentes, en el caso de una Inspección, o consumidores en el caso de una queja.

Una tarifa anual única cubre todos los productos que evaluamos y notificamos al CPNP de la UE y al SCPN del Reino Unido bajo nuestro nombre como Persona Responsable, limitado a solo cinco marcas.

2. Archivo de información del producto (PIF) o Informe de seguridad del producto cosmético (CPSR)

El PIF debe estar disponible en la dirección de la persona responsable dentro de la UE y el Reino Unido. Cada producto cosmético debe tener su Archivo de información del producto en inglés, que contiene toda la información sobre el producto, su método de fabricación y el Reino Unido o la Persona responsable de la UE.

Este documento debe mantenerse actualizado en todo momento y seguir los cambios normativos, y debe estar a disposición de las AUTORIDADES Sanitarias hasta diez años después de la comercialización del último producto.

En Cosmeservice, nuestros Evaluadores de Seguridad internos realizan el Archivo de Información del Producto (PIF o CPSR) con la más alta calidad y profesionalismo.

3. Notificación del producto al CPNP de la UE o al SCNP del Reino Unido

Una de las responsabilidades del Responsable es notificar los productos evaluados en los portales correspondientes. La Persona Responsable llevará a cabo las notificaciones en el CPNP de la UE (Portal de notificación de productos cosméticos europeos) y el SCNP del Reino Unido (Notificación de productos cosméticos de envío británico).

4. Etiquetado de los productos

El nombre y la dirección de la persona responsable de la UE y el Reino Unido deben indicarse en la etiqueta de los productos cosméticos.

Te recomendamos elegir un Responsable profesional en Europa y Reino Unido para unificar todos los servicios regulatorios en una misma empresa consultora.

5. Pruebas obligatorias… ¡y mucho más!

El Asesor de Seguridad a cargo de la evaluación de los productos cosméticos debe tener resultados favorables sobre las siguientes pruebas obligatorias para justificar la seguridad de los productos. Estas pruebas obligatorias serían Parche o Prueba Abierta, Prueba de Desafío y Prueba de Estabilidad y Compatibilidad.

Cosmeservice podría realizar todas estas pruebas en nuestros laboratorios para evaluar la seguridad del producto de acuerdo con los requisitos. Pero, si su empresa o su fabricante ya han realizado estas pruebas obligatorias, solo necesitaríamos recibir los informes finales con los resultados para comprobarlos e incluir los informes en el Archivo de Información del Producto (PIF).

Si tiene alguna pregunta o necesita información adicional sobre Cosmeservice y el proceso de registro, no dude en contactarnos. Estaremos encantados de ayudarte.

COSMESERVICE – PERSONA RESPONSABLE EN EUROPA Y EL REINO UNIDO

COSMESERVICE estará en Cosmoprof Asia “DIGITAL WEEK 2021”.

Del 8 al 16 de noviembre de 2021, Cosmeservice asistirá al evento online de Cosmoprof Asia ¡Una semana digital donde Cosmerservice presentará sus servicios a quienes buscan nuevas oportunidades de negocio!

Una guía completa y sencilla que ayudará a conocer y comprender el proceso en todos los niveles, destacando el poco tiempo que Cosmeservice necesita para brindar asesoría y servicio para desarrollar los productos.

Cosmeservice nace de la experiencia de profesionales altamente calificados en Seguridad y Regulación Cosmética. Uno de los esfuerzos de la compañía es ser una referencia para los fabricantes de todo el mundo como “Persona Responsable” y convertirse en el mayor socio de confianza para el registro europeo de productos cosméticos.

Enfocado en lo que nuestros clientes necesitan, Cosmeservice sigue año tras año, manteniéndose al tanto de las últimas tendencias y avances de la industria para satisfacer y fortalecer las relaciones con los clientes.

Cosmeservice puede ser su partner de confianza en asuntos regulatorios y de seguridad de productos cosméticos, nuestro equipo puede ayudarlo a notificar sus productos en el CPNP/SCPN para introducir sus productos en el mercado de la UE y UK.

Además, realizamos revisión de etiquetado e ingredientes de cosméticos conforme a la US FDA y a la proposición 65 para California ¡Así podrán tener la confirmación de que sus productos cumplen con la normativa y exportarlos a USA legalmente!

Si eres un profesional de la cosmética, ¡Te esperamos en Cosmoprof Asia DIGITAL WEEK 2020!

Nos gusta escuchar, observar y aprender. Cuéntanos tus inquietudes, creamos relaciones de valor y mejora continua hacia la excelencia.

¡Nos vemos pronto en Cosmoprof Asia DIGITAL WEEK 2021!

Consulta toda la información sobre Cosmoprof Digital Week aquí:

https://digital-week.cosmoprof-asia.com/en-us/

 

 

Nueva restricción de la UE sobre dihidroxiacetona o DHA

La Comisión Europea publicó una enmienda al Reglamento de Cosméticos (CE) n. ° 1223/2009 que incluye 1,3-dihidroxi-2-propanona (INCI: Dihidroxiacetona o DHA), en aplicaciones para acondicionamiento y bronceado de la piel, añadiendo la sustancia como nueva entrada al Anexo III, en el Reglamento (UE) 2021/1099 de la Comisión de 5 de julio de 2021.

La dihidroxiacetona (o DHA) se usa principalmente como ingrediente en productos de bronceado sin sol. A menudo se deriva de fuentes vegetales como la remolacha azucarera, la caña de azúcar y también por la fermentación de glicerina.

El DHA fue reconocido por primera vez como un agente colorante de la piel por los científicos alemanes a principios de la década de 1920. A través de su uso en los procesos de rayos X, se observó que la sustancia hacía que la superficie de la piel se volviera marrón cuando se derramaba.

Este efecto de oscurecimiento de la piel no es tóxico y es el resultado de una reacción de Maillard. El DHA reacciona químicamente con los aminoácidos de la proteína queratina, el componente principal de la superficie de la piel. Los diferentes aminoácidos reaccionan al DHA de diferentes maneras, produciendo diferentes tonos de coloración del amarillo al marrón. Estos son similares en coloración a la melanina, la sustancia natural en las capas más profundas de la piel que se oscurecen o se «broncean» por la exposición a los rayos ultravioleta.

La primera loción bronceadora sin sol para el consumidor se introdujo en el mercado en la década de 1960. Hoy en día, el DHA es el principal ingrediente activo en muchas preparaciones para el cuidado de la piel con bronceado sin sol y se puede usar solo o combinado con otros componentes bronceadores como la eritrulosa.

El DHA se considera el aditivo bronceador sin sol más eficaz. Los productos autobronceadores en la UE ahora se limitarán a un máximo de 10% de DHA según la evaluación de seguridad de SCCS. El reglamento también establece un límite del 6,5% para su uso en productos de tinte para el cabello no oxidantes.

No es probable que los productos de consumo se vean afectados porque la concentración utilizada en los productos cosméticos es mucho menor que la indicada en la nueva entrada del Reglamento (CE) 1223/2009 para desarrollar gradualmente el color. Las concentraciones superiores al 10% utilizadas para un bronceado más rápido y tonos de piel más oscuros ya no se permitirán en la UE a principios de 2022, lo que provocará la reformulación de estos productos cosméticos.

Los bronceadores sin sol pueden ser una alternativa eficaz al bronceado inducido por los rayos UV, pero tenga en cuenta que no brindan protección solar. Nunca deben usarse en lugar de protectores solares. SI va a permanecer bajo el sol, utilice un producto de protección solar adecuado con un nivel de protección muy alto.

Si tiene alguna pregunta sobre la conformidad de sus productos en la UE o en el mercado del Reino Unido, comuníquese con nosotros, ¡estaremos encantados de ayudarle!

COSMESERVICE asistirá a Beautyworld Middle East 2021

Del 5 al 7 de octubre de 2021, Cosmeservice asistirá a Beautyworld Middle East, nuestro primer evento presencial de 2021, donde Cosmerservice presentará sus servicios a quienes busquen nuevas oportunidades comerciales.

Reúnase con nosotros del 5 al 7 de octubre de 2021 en el Dubai World Trade Center, en el stand S2-F26, lo ayudaremos a conocer y comprender el proceso de registro de la UE y el Reino Unido a todos los niveles, destacando el poco tiempo que Cosmeservice necesita para brindar asesoramiento y ayudarle a desarrollar sus productos.

Cosmeservice surge de la experiencia de profesionales altamente calificados en Seguridad y Regulación Cosmética. Uno de los esfuerzos de Cosmeservice es ser una referencia para los fabricantes de todo el mundo como Persona Responsable y convertirse en el socio de confianza más grande para el registro europeo y británico de productos cosméticos.

Enfocado en lo que nuestros clientes necesitan, Cosmeservice puede ser su socio en Seguridad de Producto y Asuntos Regulatorios, nuestro equipo puede ayudarlo a notificar sus productos al CPNP y también al SCPN y así poder presentar sus productos al mercado de la UE y el Reino Unido.

Si eres un profesional de la cosmética, ¡Te esperamos en Beautyworld Middle East 2021!

Nos gusta escuchar, observar y aprender. Cuéntanos tus inquietudes, creamos relaciones de valor y mejora continua hacia la excelencia.

Nos vemos pronto en el Dubai World Trade Center, en el stand S2-F26. Estamos totalmente de acuerdo con el lema de esta nueva edición, ¡es hora de volver a conectar con la comunidad internacional de belleza en Beautyworld Middle East 2021!

Consulta toda la información sobre Beautyworld Middle East aquí:

https://beautyworld-middle-east.ae.messefrankfurt.com/dubai/en.html